Libertad de expresion, laboral en P.F.A...que es eso?

Como todos sabran en la P.F.A. te pintan lo mejor, te venden un ideal donde todo es soñado.. un trabajo estable, digno, un buen sueldo, una obra social para el personal y su grupo familiar. A simple vista un sueño hecho realidad.,con posibilidad de acrecentar el sueldo mediante horas extras, recargos voluntarios de servicio
( si o si tenes que ir por que de lo contrario te dejan preso, o te comienzan a buscar la vuelta aduciendo que no cumpliste una orden de servicio directa y tarde o temprano te buscan o inventan faltas).
Los dias de arresto van al legajo y arruinan la carrera tanto a los oficiales como suboficiales y agentes( el arresto para el personal de comisaria consiste en estar por cada dia de arresto demorado en su dependencia 6hs, o para el personal de los cuerpos como ser C.G.I, C.P.M.,C.P.T., D.O.U.C.A.D este ultimo unidad anti disturbio), cuando el mismo supera los 30 dias de arresto se cumplimenta en cualquier cuerpo durante todo el mes . Por demas esta claro que por una falta administrativa te restringen tu liberdad. Siendo que la libertad la puede restringir un juez, mediante un hecho comprobable, es decir un delito.
La constitucion de la nacion Argentina se respeta? claro que no, si se olvidaron del preambulo de la Nacion.!! Señores Jefes de la P.F.A el Preambulo en una de sus partes dice: Promover el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad, para nosotros, para nuestra posteridad y para todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino; invocando la proteccion de Dios, fuente de toda razon y justicia...
El ART 14 y 14 bis de la Constitucion dice: que todos los habitantes de la Nacion Argentina gozan de los siguientes derechos a saber; de trabajar y ejercer toda industria licita....
El trabajo en sus diversas formas gozara de la proteccion de las leyes, las que aseguraran al trabajador: condiciones dignas y equitativas de trabajo; jornada limitada, descanso y vacaciones pagadas; retribucion justa;salario minimo vital y movil...etc.
Todo esto tampoco se respeta..!! Como sabran el sueldo en un 70% se cobra en negro(no remunerativo,no bonificable), el resto es en blanco, al personal se lo obliga quedar recargado de servicio. todo ingreso extra es 100% en negro. o se que la mayoria del Personal Policial de la P.F.A. al momento de percibir su aguinaldo cobra alrededor de 300 pesos sii.. asi es. Hay muchos Policias separados, divorciados, con problemas familiares, debido a que el Señor Jefe de la P.F.A. se olvida que su personal tambien tiene Familia y los recargan dia a dia, mas el adicional fijo que cada uno tiene, conlleva esto la falta de tiempo y dedicacion a los hijos/as, esposa, causando los problemas mencionados anteriormente.
Señores Jefes la Ley Organica o sea la Ley para el personal Policial 21965 dice:
Que el personal podra realizar horas extras en horario franco de servicio, siempre y cuando no se superponga con el ordinario y que la misma es voluntaria..
Exodo en La P.F.A.
Exodo de Policias en busca de un mejor trabajo, ( busqueda de trabajo en la fax civil, particular o en otra fuerza como ser la Policia Metropolitana, mejor remunerada en blanco y que vela por la unidad familiar, respetando los horarios de trabajo, y con mejor equipamiento para su personal para un buen desempeño, y el respaldo institucional hacia su personal).
Todo esto trae aparejado el exodo de Policias de la P.F.A. en busca de un trabajo digno que se respete los dias francos., del año pasado a este pidieron la baja 787 oficiales y unos 4000 suboficiales, y agentes en busca de otro empleo mas digno.
Motivos de bajas de indole personal antes mencionados, derechos vulnerados, libre albedrios no respetados,ect...
Nuestro Jefe se toma las molestia de abusar de su poder demorando la baja del personal, aduciendo que son muchas las misma; provocando en esa decision que muchos pierdan el trabajo que consiguieron en la fax civil, fuera de esta institucion.
1. Haciendo un claro abuso del codigo Penal Argentino
Abuso de autoridad y violacion de los deberes del funcionario publico
ARTICULO 248.dice: - Será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere. esta por demas claro que no se respeta el Preambulo de la Nacion y la Constitucion en sus art. 14 y 14bis.
2. Ni tampoco se respeta la Ley Organica 21965(Ley para el personal de la P.F.A), publicado en el Boletin Oficial de la Republica Argentina de fecha 02/04/79. donde en uno de sus articulos expresa:
La solicitud de baja no modifica el regimen de servicio y el solicitante no podra abandonar sus funciones hasta que la misma le sea concedida. El tramite de baja se considerará urgente y su deligenciamiento en la Institucion, no existiendo impedimento, debera concluirse en quince(15) dias corridos. Algo que no se respeta y tarda meses. ,trae aparejado la perdida del trabajo que el personal policial encontro en la esfera civil mejor remunerado, ocasionando un daño y perjuicio al mismo, siendo que hoy en dia cuesta mucho encontrar empleo, aun con referencia por la crisis que atraviesa el pais. Y por lo visto a nuestros Jefes no le importan si uno tiene para darle de comer a sus familias., siendo el derecho de permanecer o no, en determinada fax laboral, una cuestion que se condice con un estadio juridico, inherente a un derecho subjetivo, dependiendo de la voluntad de libre albedrio, de cualquier ciudadano, todo ello con raigambre constitucional. Mas claro que esto..! hechale agua y fijate si se respetan los derechos del Personal Policial que decide terminar una etapa. O fijate sino es un abuso de autoridad.... Saludos a todos que desean tener respetados sus derechos constitucionales.
This entry was posted on lunes, 25 de mayo de 2009 at 6:04. You can follow any responses to this entry through the RSS 2.0. You can leave a response.
- No comments yet.